CAROL ROSA CUBA PERALTA
Alumna de la Maestría de
Derecho Penal y Procesal Penal de la UNSA
“El grado de civilización de una
sociedad se mide por sus cárceles” - Dostoievski
Datos Básicos del
Sistema Penitenciario Alemán
En
Alemania el sistema penitenciario está descentralizado a través de los 16
Länder del país. La población reclusa alcanza las 65.722
personas según estadísticas del 2012, con una tasa de ocupación del 84.4% y de reclusión de 80 presos por cada 100000
habitantes.
Antecedentes del Actual Sistema
Antes de 1970 había cinco tipos de confinamiento en
Alemania: Zuchthaus (prisión donde se ejercía fuerza física laboral -rompiendo rocas-, allí los presos tenían que
trabajar incluso hasta el colapso), fue
derogada por una reforma del Código Penal,
que entró en vigor el 31 de marzo de 1970; Gefängnis
(prisión), EinschlieBung (cárcel), Arbeitshaus (asilo) y Haft (custodia).
Cambio Constitucional
En
1972 el Tribunal Constitucional Federal (Bundesverfassungsgericht) resolvió que un preso también era sujeto de
derechos y que por ello se justificaba una restricción de sus derechos
exclusivamente “por ley o sobre la base de una ley”. A consecuencia de la falta de una base legal
para la ejecución de la pena, el
Tribunal Constitucional Federal resolvió que ésta tenía que ser elaborada por el legislador alemán. Con este propósito,
el Tribunal resolvió darle al legislador un plazo para la elaboración de la
respectiva normativa hasta la finalización del período legislativo, es decir hasta
fines de 1973. A pesar de esta sentencia
el parlamento aprobó, recién a fines del año 1976 la respectiva normativa.
A
su vez junto con los tribunales de ejecución penal se creó en 1975 una
jurisdicción especializada para este ámbito.
Los presos pueden acudir a estos tribunales cuando debido a cualquier
medida u omisión cometida por parte del establecimiento se sienten perjudicados
en sus derechos. La competencia es
entonces muy amplia y abarca prácticamente la totalidad de las actividades y
circunstancias que se pueden dar en el ámbito penitenciario.
Algunos apuntes sobre
los establecimientos penitenciarios
Por regla general el confinamiento
preventivo se lleva a cabo en una instalación cerca de la oficina del
Ministerio Público que procesa el caso.
Los delincuentes que nunca fueron encarcelados o han sido encarcelados
por un máximo de tres meses se asignan generalmente a las cárceles para los
delincuentes por primera vez Erstvollzug,
reincidentes se asignan a la llamada prisión regular Regelvollzug. Las personas que reciben largas condenas
son encarcelados en una prisión de
máxima seguridad Langstrafernanstalt. Instituciones especiales también están
disponibles para las reclusas y jóvenes y para aquellos que tengan necesidad
psiquiátricas o de salud. También
existen las prisiones sociales con fines terapéuticos Sozialtherapeutische
Haftanstalten que son
departamentos especiales para los presos que han sido castigados por delitos
sexuales. En estas prisiones grupos de
10 a 15 presos viven juntos y cada grupo
con el apoyo de trabajadores sociales asignados, oficiales de corrección y
psicólogos, el objetivo es da a los
presos una oportunidad para renovar el déficit de socialización.
·
Visitas
Los
prisioneros pueden recibir visitar al menos una hora al mes, sin embargo en la práctica la mayoría de
prisiones permite más de una hora de visita al mes y algunos otras establecen
como mínimo cuatro horas de visita al mes. Las visitas se realizan generalmente
en habitaciones supervisadas por el personal de la prisión; algunas centros penitenciarios pueden usar
vidrios divisorios para las visitas, esto sobre todo para evitar el intercambio
de objetos.
Sin
embargo las visitas de los abogados a los internos no son supervisadas de
ninguna manera, éstas generalmente se
realizan en ambientes especiales, los
abogados se identifican y deben pasar por una puerta de detección de
instrumentos y otros, sus maletines pueden ser revisados pero sin tomar
conocimiento del contenido de los files de los casos. También existen lo que en Perú se denomina
visita íntima, las mismas que pueden realizarse permaneciendo la pareja del
interno durante la noche con el prisionero en ambientes especiales, este beneficio se concede a quienes tiene
penas de larga duración.
·
Labores de los reclusos
Los
reclusos deben trabajar o dedicar su tiempo a estudiar o entrenarse en una
labor, el hecho de no participar en
alguna de estas actividades, puede
significar no tener dinero para comprar cosas,
rentar una televisión o pagar por tarjetas telefónicas o
estampillas. Los trabajos son
remunerados, y el dinero producto del mismo es guardado por
la administración en cuentas individuales, un poco menos de la mitad de cada
interno puede ser gastado por este en comprar cosas permitidas en el
establecimiento penal, como regla el dinero
en efectivo no está permitido en las
prisiones, utilizándose las tarjetas
para llamadas o también para la compra de cigarrillos y cafés.
·
Religión
De
acuerdo con la sección cuarta de la Constitución, los internos tienen derecho a practicar o
participar en servicios religiosos de la religión que profesen.
·
Reclamos de los presos y acceso a la
Corte
Como
habíamos dicho, los presos pueden acudir a los tribunales si sienten
menoscabados sus derechos. Se trata
normalmente de un proceso escrito, el preso envía una carta al tribunal, el
tribunal solicita un informe al establecimiento
y el preso a su vez tiene la oportunidad de responder este informe,
antes de dictar una resolución definitiva,
el tribunal puede decretar un interdicto, cuando el tribunal estima que
los hechos se han aclarado satisfactoriamente, resuelve definitivamente.
Los
recursos presentados se pueden agrupar de la siguiente manera: 18.5% guardan
relación con beneficios intrapenitenciarios,
como salidas esporádicas y
salidas prolongadas; el 14.3% se refería
a temas relacionados al espacio íntimo,
la celda y la tenencia de bienes,
el 13.8% reclamaba por traslados,
el 12.2% por sanciones disciplinarias,
el 12.2% por el tema de los contactos con el mundo exterior, como visitas y correos; el 11.1%
por temas laborales y financieros;
el 3.7% por salud y atención
médica; el 2.6% por tiempo libre y deporte;
el 5.2% por otras materias
(nótese que el maltrato físico no ocupa un lugar predominante en los casos
promovidos por los presos alemanes).
La
cárcel alemana de cinco estrellas
Denominada
así la cárcel Heidering, situada en Grossbeeren, Brandenburd,
estado vecino de Berlín, costó
cerca de ciento dieciocho millones de euros y fue inaugurada el 21 de marzo del
2013, la prisión tiene capacidad para
648 varones de baja peligrosidad con sentencias a concluir en no más de cinco
años; los internos realizan trabajos
para Siemens en los enormes talleres del establecimiento, recibiendo pagas de
hasta ciento cincuenta euros mensuales;
la luz natural ilumina casi todos los espacios de la cárcel, existen
corredores abiertos, ventanales grandes que guardan relación con la
transparencia.
Conclusión
El
sistema penitenciario alemán sería uno de tipo progresivo, pues busca la
rehabilitación social mediante el
estudio del sujeto y su progresivo tratamiento; los presos deben trabajar o estudiar.
Asimismo resulta fundamental destacar el hecho de que los presos puedan
recurrir a los tribunales a efecto de reclamar por el trato que reciben en el
centro penitenciario.
BIBLIOGRAFIA
Reforma
Penitenciaria y Legislación Penal,
Heinrich Heine, en Revista
Electrónica de Ciencia Penal y Criminología ISSN 1695-0194
Las
Prisiones en Alemania, en http://enwikipedia.org/w/index.php?title_prision_in_Germany&oldid-641461460
La
Cárcel Alemana de Cinco Estrellas, Humberto Padgett, en http://www.sinembargo.mx/08-08-2014/1081138
Acceso
a la Justicia en Materia Penitenciaria
– Una deuda pendiente y un desafío para el futuro, Jörg Alfred Etippel, versión electrónica
German Criminal
and Prison Policy, versión
electronica
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